Multas para 18 jóvenes por una acción pacífica en contra del desalojo del Gaztetxe de Barañain
Los protestantes reclamaban un gaztetxe en la localidad al haberse
cerrado el centro juvenil que existía. El Ministerio Público entendió en
sus conclusiones que los imputados "no tenían derecho a ocupar la calle
y cometieron una desobediencia grave por su persistencia y el perjuicio
que causaron", sin embargo, ahora la juez del Juzgado de lo Penal
número 5 ha rebajado esa calificación a la de falta puesto que, según la
sentencia que ha dictado, "en ningún caso hubo una resistencia activa" e
incluso los propios policías actuantes "explicaron en la vista como la
protesta era totalmente pacífica y que efectivamente cuando se les
solicitaba la documentación todos la entregaron sin dilación y sin
problemas".
De esta forma, la juez ha condenado a los 18 imputados, 14 hombres y 4
mujeres, a una multa de 80 euros por haber cometido una falta de
desobediencia. A otros dos de los encausados inicialmente la fiscal les
retiró la acusación a la conclusión de la vista oral. Según los hechos
probados, los acusados, todos ellos mayores de edad y sin antecedentes
penales, "junto con otras veinte personas no identificadas, sobre las
19.10 horas del 23 de septiembre de 2010 se sentaron en mitad de la
Avenida Central de Barañáin, algunos encadenados a un bidón, otros
atados por unas bridas a los pies, y otros sentados coreando consignas
sobre la petición de un local para sus actividades en Barañain".
Debido a que impedían el tráfico rodado, agentes de la Guardia Civil requirieron a los acusados "para que se dispersaran y dejaran libre la calle, haciendo estos caso omiso a las órdenes que se les daba". A la vista de que la circulación seguía cortada, los agentes, dos horas después de iniciarse la concentración, procedieron a desalojarles, dice el fallo.
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